viernes, 14 de mayo de 2021

APROBARON BENEFICIOS SOCIALES Y EXENCIONES PARA VETERANOS DE MALVINAS EN CORDOBA..






Veteranos de Malvinas, Llaryora y la concejala Ontivero al momento de darse a conocer el proyecto que fue aprobado este jueves.





Afecta a quienes cumplieron funciones en el Teatro de Operaciones Malvinas y del Atlántico Sur, entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982. El Concejo Deliberante sancionó el proyecto anunciado por el intendente Llaryora e impulsado por la edil María Eva Ontivero.


El Concejo Deliberante de la ciudad de Córdoba aprobó por unanimidad el régimen de beneficios sociales para Veteranos de Guerra de Malvinas. La iniciativa abarca al personal militar y civil que haya participado en las acciones bélicas desarrolladas en el espacio aéreo, marítimo o terrestre del denominado Teatro de Operaciones Malvinas (T.O.M.), como así también a los que estuvieron en el área del Teatro de Operaciones del Atlántico Sur (T-O.A.S.), entre el 2 de abril y 14 de junio de 1982.

Así combatientes de Malvinas y sus familias quedarán exentos del pago de contribuciones sobre inmuebles y automotores; tasas y tarifas para la obtención de la licencia de conducir, estacionamiento medido municipal y permiso de libre circulación para personas con discapacidad.

En caso de fallecimiento y a solicitud de los familiares, la iniciativa contempla la cobertura gratuita del servicio de sepelio y el otorgamiento de una parcela en el cementerio municipal de San Vicente o San Jerónimo, la cual también estará eximida de impuestos. Tambiém se contempla la cremación.


Además, la Municipalidad donará a los familiares directos del Veterano de Guerra de Malvinas fallecido, una bandera argentina y un pabellón blanco con el escudo municipal y la leyenda “La Ciudad de Córdoba rinde Honores al Veterano de Guerra de Malvinas por los servicios prestados a la Patria”.

A fines de marzo pasado, el proyecto fue anunciado por el intendente Martín Llaryora e impulsado por la concejala María Eva Ontivero.


NO ACCEDEN


No podrán gozar de los beneficios mencionados, los Veteranos de la Guerra de Malvinas condenados por violación de los derechos humanos, por violencia de género, por delitos de traición a la Patria, o por delitos contra el orden constitucional, la vida democrática u otros tipificados en los Títulos lX -Capítulo l-, y X - Capítulos ly ll- del Código Penal. Tampoco deberán figurar en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos establecidos en la Ley Provincial N°8892, presentando el certificado correspondiente.

Tras la aprobación del proyecto, se creará un Registro Municipal de Veteranos de Guerra de Malvinas y establece como autoridad de aplicación a la Secretaría de Políticas Sociales, Inclusión y Convivencia.

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