-PROTOCOLO QUE AYUDAN AL FAMILIAR.
-DEBE SER GUARDADO EN SU LIBRETA DE CASAMIENTO.
A los efectos de que muchos de los Camaradas (RE) de la Armada tengan un
procedimiento estipulado ante la situación del fallecimiento del titular, se
procede a describir los siguientes pasos a seguir:
1. Llamar al Edificio Libertad al teléfono 011 4317 2000 interno 2045
/ 2054 / 2251 / 2328 / 2465 / 3344 / 3347, e informar el deceso de un Militar
Retirado.
2. Llamar al I.A.F.P.R.P.M (Departamento Retiros) sito en calle Cerrito N°
572 Capital Federal Código Postal 1010 o por fax al 011 4370 1801 (Gerencia de
Retiros y Pensiones.
En lo posible la comunicación deberá contener los siguientes datos de
extinto: Grado, Nombre y Apellido, tipo y número de documento, Domicilio real
del extinto, Lugar y fecha del fallecimiento, Fotocopia del certificado de
defunción.
3. Llamar a los Círculos y o Centros al cual estaba asociado el Militar
fallecido.
4. Llamar a la Obra Social por si existiera algún seguro o subsidio de
sepelio.
5. Inhumación: A la persona que se encargue de los trámites administrativos
correspondientes, los familiares le requerirán que efectúe todo lo relacionado
con la inhumación de los restos del fallecido (se sobreentiende que dicha persona
es nombrada por el Titular propiamente dicho, Esposa, Hijos, o familiares de su
máxima confianza).
6. Partida de defunción: Se le requerirá a la Empresa Fúnebre la partida de
defunción legalizada de la que obtendrá DIEZ (10) fotocopias para ser utilizadas
en los sucesivos trámites que deberá realizar ante los distintos organismos.
7. Último recibo de haberes: Solicitará a la familia el último recibo
de haberes percibidos por el extinto y obtendrá CINCO (5) fotocopias para
utilizar en trámites posteriores.
8. Otras documentaciones: Reunirá todos los documentos de índole militar
del extinto (Cédula Militar, credenciales varias otorgadas por la Fuerza
respectiva etc.), para ser entregadas oportunamente a los sectores que dieron
origen a su emisión.
9. Acta de Matrimonio: Gestionará ante el Registro Civil correspondiente un
Acta de Matrimonio actualizada a la fecha del fallecimiento.
10. Casos en que se tenga conocimiento de la existencia de otros posibles
deudos: En los casos en que se tenga conocimiento de la existencia de otros
posibles deudos (esposa divorciada, conviviente, hijos extra matrimoniales,
etc.) tratará de localizarlos con el fin de hacerles conocer sus
derechos.
11. Trámites para la Pensión: Reunirá la documentación señalada en los
apartados 6°, 7°, 8°, 9° Acompañará a los deudos con derecho a la Pensión al
Estado Mayor General de la Fuerza en la cual prestó servicio (Departamento de
Retiro y Pensiones), a los efectos de iniciar los trámites que dan lugar al
beneficio pensionario. En dicho acto deberá entregar toda la documentación que
le sea requerida, como así también deberá colaborar con los deudos en el
llenado y completar los formularios relacionados con el trámite de
Pensión.
SI EL CAUSANTE ES VGM AQUÍ LAS RECOMENDACIONES:
(EN UNA SEMANA SACAR LA PLATA DEL CAJERO DE LAS TARJETAS QUE TENGA, EL
BANCO LE TARDARA EN DÁRSELA SI DICE QUE EL TITULAR FALLECIÓ)
12. Si el extinto en el caso que tuviere Préstamos en Amortización ante del,
I.A.F.P.R.P.M. y o / INSTITUTO DE VIVIENDA, o una de ellas deberá asesorar al
familiar directo para que gestione ante dicho instituto la cancelación de la
deuda.
PARA ASOCIADOS DE LA SMSV
Para hacer uso
de este servicio - que es exclusivamente prestacional y no de tipo reintegro -,
es condición imprescindible que un allegado al fallecido se comunique el mismo
día del fallecimiento y antes de contratar servicio alguno, con el Centro de
Coordinación al 0800-999-7373 (las 24 horas).
13. Los Titulares mientras se encuentren con vida y con capacidad
para realizarlo, deberán tramitar el CERTIFICADO ÚNICO DE VETERANO DE GUERRA DE
MALVINAS para que los deudos puedan realizar los trámites de la PENSIÓN de VGM
NACIONAL (ANSES) y PROVINCIAL (IPS) de las distintas Provincias. Tramite a
Distancia (TDA) CON AFIP O MI ARGENTINA. TODO ESTO A NOMBRE DEL DERCHOHABIENTE.
https://tramitesadistancia.gob.ar/ Punto 5
--Pedir por esta dirección o llenar el Formulario 70 (F 70) Ficha electoral
https://www.electoral.gob.ar/nuevo/index.php
ACTUALIZAR ACTA DE MATRIMONIO HACE CLIK AQUÍ:
https://www.gba.gob.ar/registrodelaspersonas/matrimonios_y_uniones/union_convivencial
14. Para la Guardia de Honor correspondiente, informarán a la Unidad
Militar de la zona donde se produjo el deceso, (Armada, Ejército, Fuerza Aérea,
Gendarmería, o Prefectura Naval) a los efectos que tomen conocimiento del
fallecimiento (Lugar del Velatorio y Sepelio) para que le efectúen los Honores Reglamentarios.
A continuación, se detallan los organismos con sus correspondientes direcciones
postales y teléfonos a los cuales debería concurrir o llamar para efectuar
gestiones inherentes a la Pensión, Seguros, Subsidios etc. ARMADA
ARGENTINA:
Edificio Libertad, Comodoro Py N° 2055 Cap. Fed. Te: 011 4317 2000 -
Retiros y Pensiones Interno 2045.
INSTITUTO DE AYUDA FINANCIERA PARA PAGO DE RETIROS Y PENSIONES MILITARES:
Calle Cerrito N°572 Cap. Fed. (C 1010 A A L) Centro de atención telefónica N°
0810 222 2423 de lunes a viernes de 08:00 a 16:00 hs. (exclusivamente vía telefónica).
Además deberá averiguar por teléfono al N° 011 4317 2000 interno N° 2045 si
en la Ciudad o Capital de la provincia donde residía el fallecido funciona una
Delegación de la Armada o Centro de Incorporación , a los efectos de solicitar
información al respecto Deberá preguntar a los familiares si el fallecido era
VETERANO DE GUERRA DE MALVINAS, para lo cual deberá efectuar presentaciones en
ANSES referida a la Pensión Honorífica Nacional, y al INSTITUTO PROVINCIAL de
la provincia donde residía el extinto para regularizar las mismas.
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