La verdad hist贸rica de Malvinas tambi茅n se defiende y merece ser protegida por la Justicia.
17 de Julio, 2026Por: ✍馃徏 Roc铆o Bel茅n Valiente
Toda Naci贸n construye su identidad sobre la memoria de los hechos que marcaron su historia. La Guerra de Malvinas constituye uno de esos acontecimientos. Preservar la verdad de lo ocurrido no representa 煤nicamente un deber hacia quienes combatieron, sino tambi茅n un compromiso con las generaciones futuras.
Es precisamente para proteger esa verdad hist贸rica que un grupo de Veteranos de Guerra de la provincia del Chaco y Corrientes promovieron una acci贸n colectiva ante la Justicia Federal. A m谩s de cuatro d茅cadas despu茅s del conflicto, muchos de esos Excombatientes sostienen que contin煤an enfrentando una nueva forma de afectaci贸n: la p茅rdida de la singularidad de su reconocimiento hist贸rico como consecuencia de normas y pr谩cticas que equiparan bajo una misma categor铆a a colectivos cuyas experiencias durante el conflicto fueron sustancialmente diferentes.
La demanda no cuestiona los beneficios sociales o previsionales reconocidos por la legislaci贸n provincial a otros colectivos vinculados al conflicto del Atl谩ntico Sur. Tampoco pretende desconocer el servicio prestado por quienes fueron movilizados o permanecieron acuartelados durante el conflicto.
Lo que se plantea es una cuesti贸n distinta: que el reconocimiento jur铆dico e hist贸rico de la condici贸n de Veterano de Guerra no puede desdibujarse mediante equiparaciones que desconozcan diferencias objetivas reconocidas por la legislaci贸n nacional y por la jurisprudencia de la Corte Suprema de Justicia de la Naci贸n.

La guerra de Malvinas moviliz贸 alrededor de 23 mil personas. De ese total, casi el 30% de los soldados fueron del NEA, principalmente de Chaco y Corrientes.
En ese marco, la acci贸n incluye un pedido de declaraci贸n de inconstitucionalidad parcial de la Ley Provincial N.潞 2017-H, exclusivamente en cuanto equipara bajo una misma categor铆a jur铆dica y honor铆fica a quienes participaron efectivamente en acciones b茅licas con quienes no lo hicieron. El planteo no persigue la eliminaci贸n de derechos adquiridos, sino el restablecimiento de un tratamiento diferenciado que respete la verdad hist贸rica, el principio de igualdad y la razonabilidad que exige nuestra Constituci贸n Nacional.
La demanda tambi茅n expone que esa equiparaci贸n produce consecuencias concretas en actos oficiales, homenajes, registros administrativos y ceremonias p煤blicas, donde los verdaderos Veteranos de Guerra ven diluido el reconocimiento espec铆fico que les corresponde. Seg煤n sostienen los actores, ello genera una permanente revictimizaci贸n, afecta su identidad colectiva y distorsiona la memoria hist贸rica que la sociedad debe preservar.
Esta discusi贸n trasciende el inter茅s de quienes promovieron la acci贸n judicial. Interpela a toda la comunidad sobre la manera en que recordamos nuestra historia y sobre el deber del Estado de preservar con fidelidad el significado de los reconocimientos p煤blicos que otorga.
Ser谩 ahora la Justicia Federal quien analice los hechos, la prueba acompa帽ada y los planteos constitucionales formulados por el colectivo actor. Cualquiera sea el resultado del proceso, el debate ya plantea una reflexi贸n necesaria: honrar a quienes combatieron no implica desconocer a otros ciudadanos que tambi茅n sirvieron al pa铆s, pero s铆 exige respetar las diferencias hist贸ricas y jur铆dicas que el propio ordenamiento nacional ha reconocido durante d茅cadas.
La memoria colectiva no se fortalece cuando se confunden las categor铆as hist贸ricas, se fortalece cuando cada reconocimiento conserva el significado que la historia y el derecho le han otorgado.
En ese marco, la acci贸n incluye un pedido de declaraci贸n de inconstitucionalidad parcial de la Ley Provincial N.潞 2017-H, exclusivamente en cuanto equipara bajo una misma categor铆a jur铆dica y honor铆fica a quienes participaron efectivamente en acciones b茅licas con quienes no lo hicieron. El planteo no persigue la eliminaci贸n de derechos adquiridos, sino el restablecimiento de un tratamiento diferenciado que respete la verdad hist贸rica, el principio de igualdad y la razonabilidad que exige nuestra Constituci贸n Nacional.
La demanda tambi茅n expone que esa equiparaci贸n produce consecuencias concretas en actos oficiales, homenajes, registros administrativos y ceremonias p煤blicas, donde los verdaderos Veteranos de Guerra ven diluido el reconocimiento espec铆fico que les corresponde. Seg煤n sostienen los actores, ello genera una permanente revictimizaci贸n, afecta su identidad colectiva y distorsiona la memoria hist贸rica que la sociedad debe preservar.
Esta discusi贸n trasciende el inter茅s de quienes promovieron la acci贸n judicial. Interpela a toda la comunidad sobre la manera en que recordamos nuestra historia y sobre el deber del Estado de preservar con fidelidad el significado de los reconocimientos p煤blicos que otorga.
Ser谩 ahora la Justicia Federal quien analice los hechos, la prueba acompa帽ada y los planteos constitucionales formulados por el colectivo actor. Cualquiera sea el resultado del proceso, el debate ya plantea una reflexi贸n necesaria: honrar a quienes combatieron no implica desconocer a otros ciudadanos que tambi茅n sirvieron al pa铆s, pero s铆 exige respetar las diferencias hist贸ricas y jur铆dicas que el propio ordenamiento nacional ha reconocido durante d茅cadas.
La memoria colectiva no se fortalece cuando se confunden las categor铆as hist贸ricas, se fortalece cuando cada reconocimiento conserva el significado que la historia y el derecho le han otorgado.
La verdad hist贸rica tambi茅n se protege
La discusi贸n que hoy llega a la Justicia no gira 煤nicamente alrededor de una ley provincial. Se refiere a la forma en que la sociedad recuerda la Guerra de Malvinas y a qui茅nes reconoce como protagonistas de los hechos ocurridos en 1982.
Cuando el Estado, las instituciones o la sociedad utilizan indistintamente categor铆as que poseen un significado hist贸rico diferente, esa confusi贸n deja de ser solamente jur铆dica y comienza a afectar la construcci贸n de la memoria colectiva.
Esta situaci贸n adquiere especial relevancia cuando personas que no participaron en acciones b茅licas concurren a establecimientos educativos present谩ndose como Veteranos de Guerra, brindan charlas sobre la guerra y reciben reconocimientos institucionales bajo esa condici贸n. Los alumnos reciben esos testimonios como relatos de quienes combatieron en Malvinas, cuando en realidad corresponden a experiencias distintas. Ello no s贸lo genera confusi贸n respecto de los hechos hist贸ricos, sino que termina alterando el relato que las nuevas generaciones construyen sobre uno de los acontecimientos m谩s importantes de nuestra historia reciente.
Por ese motivo, la demanda solicita la declaraci贸n de inconstitucionalidad parcial de la Ley Provincial N.潞 2017-H, exclusivamente en cuanto equipara categor铆as que el derecho nacional distingue.
La consecuencia inmediata de esa equiparaci贸n es la revictimizaci贸n permanente de quienes efectivamente combatieron, quienes deben explicar una y otra vez por qu茅 su condici贸n posee un significado hist贸rico distinto.
El perjuicio denunciado no se agota en el 谩mbito de los propios Veteranos de Guerra. Tambi茅n alcanza a la sociedad en su conjunto cuando, al amparo de la equiparaci贸n cuestionada, personas que no participaron en acciones b茅licas son presentadas p煤blicamente como "Veteranos de Guerra" y desarrollan actividades educativas, brindan charlas en establecimientos escolares y reciben reconocimientos institucionales bajo esa condici贸n.
Las nuevas generaciones construyen su conocimiento sobre la Guerra de Malvinas a partir de los testimonios de quienes la vivieron. Cuando ese relato es transmitido atribuyendo experiencias de combate a quienes no participaron en ellas, se produce una alteraci贸n de la verdad hist贸rica que afecta el deber de preservar con fidelidad la memoria colectiva de uno de los acontecimientos m谩s trascendentes de nuestra historia reciente.
La educaci贸n y la memoria hist贸rica constituyen bienes p煤blicos que deben asentarse sobre hechos veraces. La confusi贸n entre categor铆as que el propio ordenamiento jur铆dico distingue no s贸lo genera revictimizaci贸n en quienes combatieron, sino que tambi茅n compromete el derecho de la sociedad a conocer y transmitir la historia tal como ocurri贸.
Legado para las generaciones futuras
Los pueblos no preservan su historia modificando los hechos, sino record谩ndolos con fidelidad. Cada reconocimiento p煤blico posee un significado que debe permanecer ligado a la realidad que le dio origen.
Defender esa verdad no implica restar valor al servicio prestado por otros argentinos durante el conflicto, sino preservar con honestidad el lugar que cada uno ocup贸 en la historia. La memoria colectiva s贸lo puede transmitirse plenamente cuando descansa sobre hechos ciertos, porque la verdad hist贸rica no pertenece 煤nicamente a quienes combatieron: pertenece a toda la sociedad y constituye un legado para las generaciones futuras.
(*) La autora es la abogada patrocinante del colectivo actor. Hija de veterano de guerra e integrante de la Asociaci贸n Civil Generaci贸n Malvinas Chaco.

Navas en el monte Tumbledown.















