Crisis En las
Fuerzas de Seguridad…Subordinación o Sometimiento?
Porque sucede lo que estamos viendo con los efectivos en actividad de las diferentes Policías en todas en las Provincias y que comenzara en la Provincia de Córdoba hace apenas unas pocas horas.
La respuesta es simple:
Las FFAA, las FFSS Nacionales y las Fuerzas de Seguridad de las Provincias no tienen un comparativo a otros Estamentos para confeccionar una Escala Salarial para sus Efectivos.
Estas escalas se formaban teniendo como referencia al Haber Mensual correspondiente a cada Jerarquía de las FFAA. De los Haberes de cada jerarquía de las FFAA las FFSS Nacionales o sea Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y la Policía Federal Argentina fijaban sus haberes y que además se refleja en el la Policía Aeroportuaria y en el Servicio Penitenciario Federal.
Hace muchos años las FFAA estuvieron como referencia salarial para sus propios Haberes el de la Justicia Federal y también lo fue con relación al haber del Presidente de la Nación Argentina con porcentajes para la mas alta Jerarquía de las FFAA y de esa Jerarquía en forma escalonada se conformaba la Escala Salarial. Cuando esto dejó de aplicarse, conocido como “Desenganche Salarial” y al no tener ningún tipo de referencia para aplicar a las FFAA y por ende al resto de las Fuerzas de Seguridad Nacionales, se comenzó con la aplicación de diferentes paliativos que no hicieron mas que a lo largo del tiempo se fueran dando diferentes situaciones en desmedro del Personal Militar y para el resto de las Fuerzas de Seguridad Nacionales y Provinciales.
Esto es causal directo de que el Poder Legislativo no diera cumplimiento nunca a lo que establece la Ley 19.101 la que entrara en vigencia en el año 1971, donde en el Capitulo IV Haberes en su Art. 55 fija con total claridad lo siguiente “ARTICULO 55.- Sueldo. El sueldo correspondiente a cada grado será fijado anualmente por la ley de presupuesto general de la Nación…”
Esto NUNCA se hizo siendo responsabilidad DIRECTA del CONGRESO DE LA NACIÓN, de haberse hecho se hubiera tratado en las Respectivas Comisiones y con propuestas Directas por parte del Ministerio de Defensa quien debe como integrante del Poder Ejecutivo hacerse cargo de que se cumpla con el Art. 55. Siendo este el Punto Democrático mas IMPORTANTE que se debe cumplir pero lejos de cumplimentarlo es que todos los Gobiernos de la Democracia comenzaron no solo no cumpliendo con la Ley 19.101 si no que al implementar medidas para “Tratar de mejorar los haberes de las FFAA” comenzaron a dar Sumas en Negro de carácter No Remunerativas y No Bonificables. Situación que fuera agravando el Haber Mensual de las FFAA y por ende a las de Seguridad Nacional y que se trasladó también a las Fuerzas de Seguridad Provinciales ya que comenzaron aplicar las mismas “Recetas” es decir Sumas en Negro.
Y así llegamos al Decreto 2769/1993 que fue el corolario del Agravio a la ley 19.101 y por ende a las FFAA. Con este Decreto el estado “Invento Suplementos Denominados Particulares” los cuales están fuera de todo análisis por no estar ajustado a Derecho. Ya que los “Supuestos Suplementos” solo le fueron otorgados al Personal en Actividad y no a Retirados y Pensionados. Recordemos que el personal de las FFAA y de las demás Fuerzas, cuando dejan el servicio activo pasan a ser Retirados y que siguen aportando en el caso de las FFAA al Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares el mismo porcentaje que el personal en Actividad, es decir el 11%.
También sería bueno recordar que el personal Militar en Actividad y en situación de Retiro están sujetos a obligaciones y responsabilidades en sus Deberes y Derechos que los diferencia del resto de los Ciudadanos. Pero volviendo al tema salarial, hoy en la actualidad la diferencia existente entre un Suboficial mayor de las FFAA en Actividad es del 120% mas que un Retirado y por lo tanto un mayor porcentaje en los Pensionados Militares.
La presentación ante la Justicia por los diferentes Decretos que fueron marcando estas diferencias terminó siempre dando la razón a los Reclamantes. El fallo mas notorio y mas reciente fue el de Salas pedro Ángel y Otros C/Estado Nacional-Ministerio de Defensa. En donde la Suprema Corte de Justicia sentó Jurisprudencia dando la razón al Suboficial Salas Pedro Ángel, expresando la Corte que fueron “Aumentos encubiertos dados al Personal en Actividad”
Pero a pesar de este Fallo el Poder Ejecutivo Nacional sigue otorgando Sumas en Negro de carácter No Remunerativa y No Bonificable. Política contraria a la que el mismo Estado proclama al decir que hay que “COMBATIR EL TRABAJO EN NEGRO” Cuando es el mismo Estado que en el caso de las FFAA y de Seguridad Nacional lo vienen haciendo desde hace 30 años. Lo que al haberse “Tomado” como una solución al haber mensual de las diferentes Fuerzas ya sean nacionales y provinciales se fue cada día empeorando y así llegamos a la actualidad. Y que de no adoptarse las medidas que la misma Ley establece esto será solo otro “Parche” más a los tantos ya aplicados.
Es lo que ocurrió con la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina en octubre del 2012. Quienes tienen Responsabilidad Política sean del gobierno de turno como los Opositores deben y tiene la OBLIGACIÓN de que estos hechos no sucedan, para eso deben tratar este tema con quienes tenemos experiencia, que en mi caso en particular llevo mas de 20 años tratando de revertir lo que comenzó con el Decreto 2769/1993.
Porque además se debe asumir, que mas allá de la responsabilidad profesional que tiene cada Efectivo de una Fuerza de Seguridad y de las FFAA, su actividad en el caso de las FFSS es de constante riesgo por las diferentes situaciones que cada uno les toca vivir.
Que en la actualidad son alejados de sus familias y que en el caso de tener una situación no deseada por enfermedad y o accidente es pasado a Retiro y como si sueldo de “Bolsillo” esta conformado por sumas en Negros que representa mas del 150% la situación se ve muchísimo mas complicada por ser el Haber Mensual en casi todos los casos menor al Salario Mínimo otorgado por Ley.
Y ni hablar si un Efectivo pierde la vida, su familia pasa a vivir desde lo emocional la perdida de su ser querido, pero que además como Pensionada su haber es algo paupérrimo.
Por otra parte el personal en situación de Retiro y Pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad Nacional NO perciben a pesar de vivir en las Provincias Patagónicas el beneficio social denominado Suplemento por Zona Desfavorable el cual si se plica para el resto de los ciudadanos que habitan en ese Territorio, ya sean empleados Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales, como también quienes están en relación de dependencia en las diferentes actividades comerciales e industriales. Lo que es una clara DISCRIMINACIÓN ENTRE LOS MISMOS CIUDADANOS.
Tanto el tema salarial como el tema Suplemento por Zona Desfavorable, no pueden desconocerlo, ni el Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Legislativo ya que en lo personal en varias oportunidades elevé los respectivos Proyectos ante diferente autoridades políticas y judiciales para tratar estos temas que son en definitiva de la actualidad del tema salarial en las diferentes Policías Provinciales como consecuencia por no haberlos abordado en Tiempo y Forma.
En su reciente visita a la Base Naval de Puerto Belgrano se le hizo entrega al Sr. Ministro de Defensa de una Propuesta sobre los temas mencionados solicitándole una audiencia, lamentablemente sin respuesta hasta la fecha. La única manera de evitar los conflictos y las situaciones No deseadas en Democracia es con el Dialogo, mas allá de las diferencias de color político o de las jerarquías que pudieran existir para la búsqueda de soluciones concretas.
Ruego a Dios que en esta nueva etapa POLITICA podamos concretar ese Dialogo tan necesario para una convivencia en Paz que todos los Ciudadanos nos merecemos vivir en este Bendito País. Para que cada Efectivo de cada Fuerza viva dignamente y no como lo fue hasta ahora. Y que quienes tienen la responsabilidad de dar esa Dignidad NO confundan Subordinación con Sometimiento.
Atte.
Miguel Horacio Delgado
SMAE (RE) ARA
Porque sucede lo que estamos viendo con los efectivos en actividad de las diferentes Policías en todas en las Provincias y que comenzara en la Provincia de Córdoba hace apenas unas pocas horas.
La respuesta es simple:
Las FFAA, las FFSS Nacionales y las Fuerzas de Seguridad de las Provincias no tienen un comparativo a otros Estamentos para confeccionar una Escala Salarial para sus Efectivos.
Estas escalas se formaban teniendo como referencia al Haber Mensual correspondiente a cada Jerarquía de las FFAA. De los Haberes de cada jerarquía de las FFAA las FFSS Nacionales o sea Gendarmería Nacional, Prefectura Naval Argentina y la Policía Federal Argentina fijaban sus haberes y que además se refleja en el la Policía Aeroportuaria y en el Servicio Penitenciario Federal.
Hace muchos años las FFAA estuvieron como referencia salarial para sus propios Haberes el de la Justicia Federal y también lo fue con relación al haber del Presidente de la Nación Argentina con porcentajes para la mas alta Jerarquía de las FFAA y de esa Jerarquía en forma escalonada se conformaba la Escala Salarial. Cuando esto dejó de aplicarse, conocido como “Desenganche Salarial” y al no tener ningún tipo de referencia para aplicar a las FFAA y por ende al resto de las Fuerzas de Seguridad Nacionales, se comenzó con la aplicación de diferentes paliativos que no hicieron mas que a lo largo del tiempo se fueran dando diferentes situaciones en desmedro del Personal Militar y para el resto de las Fuerzas de Seguridad Nacionales y Provinciales.
Esto es causal directo de que el Poder Legislativo no diera cumplimiento nunca a lo que establece la Ley 19.101 la que entrara en vigencia en el año 1971, donde en el Capitulo IV Haberes en su Art. 55 fija con total claridad lo siguiente “ARTICULO 55.- Sueldo. El sueldo correspondiente a cada grado será fijado anualmente por la ley de presupuesto general de la Nación…”
Esto NUNCA se hizo siendo responsabilidad DIRECTA del CONGRESO DE LA NACIÓN, de haberse hecho se hubiera tratado en las Respectivas Comisiones y con propuestas Directas por parte del Ministerio de Defensa quien debe como integrante del Poder Ejecutivo hacerse cargo de que se cumpla con el Art. 55. Siendo este el Punto Democrático mas IMPORTANTE que se debe cumplir pero lejos de cumplimentarlo es que todos los Gobiernos de la Democracia comenzaron no solo no cumpliendo con la Ley 19.101 si no que al implementar medidas para “Tratar de mejorar los haberes de las FFAA” comenzaron a dar Sumas en Negro de carácter No Remunerativas y No Bonificables. Situación que fuera agravando el Haber Mensual de las FFAA y por ende a las de Seguridad Nacional y que se trasladó también a las Fuerzas de Seguridad Provinciales ya que comenzaron aplicar las mismas “Recetas” es decir Sumas en Negro.
Y así llegamos al Decreto 2769/1993 que fue el corolario del Agravio a la ley 19.101 y por ende a las FFAA. Con este Decreto el estado “Invento Suplementos Denominados Particulares” los cuales están fuera de todo análisis por no estar ajustado a Derecho. Ya que los “Supuestos Suplementos” solo le fueron otorgados al Personal en Actividad y no a Retirados y Pensionados. Recordemos que el personal de las FFAA y de las demás Fuerzas, cuando dejan el servicio activo pasan a ser Retirados y que siguen aportando en el caso de las FFAA al Instituto de Ayuda Financiera para el Pago de Retiros y Pensiones Militares el mismo porcentaje que el personal en Actividad, es decir el 11%.
También sería bueno recordar que el personal Militar en Actividad y en situación de Retiro están sujetos a obligaciones y responsabilidades en sus Deberes y Derechos que los diferencia del resto de los Ciudadanos. Pero volviendo al tema salarial, hoy en la actualidad la diferencia existente entre un Suboficial mayor de las FFAA en Actividad es del 120% mas que un Retirado y por lo tanto un mayor porcentaje en los Pensionados Militares.
La presentación ante la Justicia por los diferentes Decretos que fueron marcando estas diferencias terminó siempre dando la razón a los Reclamantes. El fallo mas notorio y mas reciente fue el de Salas pedro Ángel y Otros C/Estado Nacional-Ministerio de Defensa. En donde la Suprema Corte de Justicia sentó Jurisprudencia dando la razón al Suboficial Salas Pedro Ángel, expresando la Corte que fueron “Aumentos encubiertos dados al Personal en Actividad”
Pero a pesar de este Fallo el Poder Ejecutivo Nacional sigue otorgando Sumas en Negro de carácter No Remunerativa y No Bonificable. Política contraria a la que el mismo Estado proclama al decir que hay que “COMBATIR EL TRABAJO EN NEGRO” Cuando es el mismo Estado que en el caso de las FFAA y de Seguridad Nacional lo vienen haciendo desde hace 30 años. Lo que al haberse “Tomado” como una solución al haber mensual de las diferentes Fuerzas ya sean nacionales y provinciales se fue cada día empeorando y así llegamos a la actualidad. Y que de no adoptarse las medidas que la misma Ley establece esto será solo otro “Parche” más a los tantos ya aplicados.
Es lo que ocurrió con la Gendarmería Nacional y la Prefectura Naval Argentina en octubre del 2012. Quienes tienen Responsabilidad Política sean del gobierno de turno como los Opositores deben y tiene la OBLIGACIÓN de que estos hechos no sucedan, para eso deben tratar este tema con quienes tenemos experiencia, que en mi caso en particular llevo mas de 20 años tratando de revertir lo que comenzó con el Decreto 2769/1993.
Porque además se debe asumir, que mas allá de la responsabilidad profesional que tiene cada Efectivo de una Fuerza de Seguridad y de las FFAA, su actividad en el caso de las FFSS es de constante riesgo por las diferentes situaciones que cada uno les toca vivir.
Que en la actualidad son alejados de sus familias y que en el caso de tener una situación no deseada por enfermedad y o accidente es pasado a Retiro y como si sueldo de “Bolsillo” esta conformado por sumas en Negros que representa mas del 150% la situación se ve muchísimo mas complicada por ser el Haber Mensual en casi todos los casos menor al Salario Mínimo otorgado por Ley.
Y ni hablar si un Efectivo pierde la vida, su familia pasa a vivir desde lo emocional la perdida de su ser querido, pero que además como Pensionada su haber es algo paupérrimo.
Por otra parte el personal en situación de Retiro y Pensionados de las Fuerzas Armadas y de Seguridad Nacional NO perciben a pesar de vivir en las Provincias Patagónicas el beneficio social denominado Suplemento por Zona Desfavorable el cual si se plica para el resto de los ciudadanos que habitan en ese Territorio, ya sean empleados Públicos Nacionales, Provinciales y Municipales, como también quienes están en relación de dependencia en las diferentes actividades comerciales e industriales. Lo que es una clara DISCRIMINACIÓN ENTRE LOS MISMOS CIUDADANOS.
Tanto el tema salarial como el tema Suplemento por Zona Desfavorable, no pueden desconocerlo, ni el Poder Ejecutivo, Poder Judicial y Poder Legislativo ya que en lo personal en varias oportunidades elevé los respectivos Proyectos ante diferente autoridades políticas y judiciales para tratar estos temas que son en definitiva de la actualidad del tema salarial en las diferentes Policías Provinciales como consecuencia por no haberlos abordado en Tiempo y Forma.
En su reciente visita a la Base Naval de Puerto Belgrano se le hizo entrega al Sr. Ministro de Defensa de una Propuesta sobre los temas mencionados solicitándole una audiencia, lamentablemente sin respuesta hasta la fecha. La única manera de evitar los conflictos y las situaciones No deseadas en Democracia es con el Dialogo, mas allá de las diferencias de color político o de las jerarquías que pudieran existir para la búsqueda de soluciones concretas.
Ruego a Dios que en esta nueva etapa POLITICA podamos concretar ese Dialogo tan necesario para una convivencia en Paz que todos los Ciudadanos nos merecemos vivir en este Bendito País. Para que cada Efectivo de cada Fuerza viva dignamente y no como lo fue hasta ahora. Y que quienes tienen la responsabilidad de dar esa Dignidad NO confundan Subordinación con Sometimiento.
Atte.
Miguel Horacio Delgado
SMAE (RE) ARA
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